domingo, 6 de diciembre de 2015

Gráfica de incorporaciones de paises al euro

En esta gráfica se representan los países de la zona euro, indicando si se han unido a la moneda única o no y en qué fecha. Se muestran ordenados por fecha de incorporación.


Introducción a los Euros

Introducción

El 1 de enero de 1999, el euro pasó a ser la moneda de más de 300 millones de europeos. Durante los tres primeros años fue una moneda que no circulaba y que se utilizó únicamente a efectos contables, por ejemplo, en los pagos electrónicos. El efectivo en euros no entró en circulación hasta el 1 de enero de 2002, fecha en la que reemplazó a los billetes y monedas nacionales, como el franco belga o el marco alemán, a tipos de conversión irrevocables. 
Los microestados de Andorra, Mónaco, San Marino y Ciudad del Vaticano utilizan también el euro en virtud de un acuerdo formal con la Comunidad Europea. Montenegro y Kosovo también utilizan la moneda única, aunque no existe un acuerdo formal.

Las monedas de euro

La serie de monedas en euros comprende ocho denominaciones diferentes: 1, 2, 5, 10, 20 y 50 céntimos, 1€ y 2€. Las monedas en euros tienen una cara común y una cara nacional. La cara nacional indica el país emisor. 
Las monedas en euros pueden utilizarse en todos los países de la zona del euro.


Monedas conmemorativas de 2€

Cada país puede emitir dos monedas conmemorativas al año. Estas monedas poseen las mismas características, propiedades y cara común que las demás monedas de 2€. Lo que las diferencia es el motivo conmemorativo que figura en la cara nacional. Sólo puede acuñarse con carácter conmemorativo la moneda de 2€.
Todas las monedas conmemorativas tienen curso legal en la zona del euro, por lo que pueden utilizarse y deben ser aceptadas como cualquier otra moneda en euros.

Competencias en relación con las monedas

A diferencia de los billetes, las monedas en euros siguen siendo competencia de cada país y no del BCE. Si un país de la zona del euro desea emitir una moneda con un diseño nuevo –por ejemplo, una moneda conmemorativa– debe informar a la Comisión Europea. La Comisión publicará la información en el Diario Oficial de la UE (serie C), que es multilingüe. La Comisión es la fuente fidedigna en la que el BCE basa las actualizaciones de su sitio web sobre las monedas en euros.

La cara común de las monedas de euro

La cara común de las monedas de euro

Las monedas en euros tienen una cara común y una cara nacional.
  •  En 1996 los estados miembros organizaron competiciones nacionales para seleccionar un máximo de 3 series con los siguientes temas: Arquitectura, Abstracto y personalidades europeas.
  • El 13 de marzo de 1997 un jurado europeo selecciona 9 de las 36 series remitidas por los estados miembros. Estas 9 series son las mostradas más abajo.
  • En marzo/abril de 1997 se realiza un informe técnico de los Directores de Ceca y se realiza una encuesta entre la opinión pública. 
  • En mayo de 1997 organizaciones de consumidores y un abánico de asociaciones representativas son consultadas
  • El 8 de junio el consejo ECOFIN en Luxemburgo selecciona la serie ganadora. Son consultados los Jefes de Estado y de Gobierno.
  • El 16 y 17 de junio de 1998 es anunciado por los Jefes de Estado y de Gobierno el ganador (Luc Luycx) de la Real Fábrica de la Moneda de Bélgica.

Existen diseños diferentes para las caras comunes de las ocho monedas:
  • En las de 2€, 1€, 50, 20 y 10 céntimos aparece la Unión Europea antes de la ampliación del 1 de mayo de 2004 o, desde el 1 de enero de 2007, una representación geográfica de Europa. Las monedas de Italia (incluidas las de San Marino y Ciudad del Vaticano), Austria y Portugal presentan el diseño más reciente sólo si su año de emisión es el 2008 o posterior.
  • En las de 5, 2 y 1 céntimos aparece Europa con África y Asia en el globo terráqueo.


Diámetro (en mm): 25,75
Grosor (en mm): 2,20
Peso (en g): 8,50
Forma: redonda
Color: exterior: plateado; interior: dorado
Composición: exterior: cobre-níquel; interior: tres capas: níquel-latón, níquel, latón-níquel
Canto: grabado y estriado con leyenda



Diámetro (en mm): 23,25 
Grosor (en mm): 2,33 
Peso (en g): 7,50 
Forma: redonda 
Color: exterior: dorado; interior: plateado 
Composición: exterior: níquel-latón; interior: tres capas: cobre-níquel, níquel, níquel-cobre 
Canto: estriado discontinuo 


Diámetro (en mm): 24,25 
Grosor (en mm): 2,38 
Peso (en g): 7,80 
Forma: redonda 
Color: dorado 
Composición: oro nórdico 
Canto: festoneado 




Diámetro (en mm): 22,25 
Grosor (en mm): 2,14 
Peso (en g): 5,74 
Forma: flor española 
Color: dorado 
Composición: oro nórdico 
Canto: liso 




Diámetro (en mm): 19,75 
Grosor (en mm): 1,93 
Peso (en g): 4,10 
Forma: redonda 
Color: dorado 
Composición: oro nórdico 
Canto: festoneado 


Diámetro (en mm): 21,25 
Grosor (en mm): 1,67 
Peso (en g): 3,92 
Forma: redonda 
Color: cobre 
Composición: acero recubierto de cobre
Canto: liso


Diámetro (en mm): 18,75 
Grosor (en mm): 1,67 
Peso (en g): 3,06 
Forma: redonda 
Color: cobre 
Composición: acero recubierto de cobre
Canto: liso con ranura 


Diámetro (en mm): 16,25 
Grosor (en mm): 1,67 
Peso (en g): 2,30 
Forma: redonda 
Color: cobre 
Composición: acero recubierto de cobre
Canto: liso 

Conversiones de euro a la moneda anterior al euro de cada país

Tipos de conversión irrevocables del euro:

Moneda
1BEF 40,3399 (francos belgas)
1DEM 1,95583 (marcos alemanes)
1EEK 15,6466 (coronas estonias)
1IEP 0,787564 (libras irlandesas)
1GRD 340,750 (dracmas griegas)
1ESP 166,386 (pesetas españolas)
1FRF 6,55957 (francos franceses)
1ITL 1936,27 (liras italianas)
1CYP 0,585274 (libras chipriotas)
1LVL 0,702804 (lats letón)
1LTL 3,45280 (litas lituanas)
1LUF 40,3399 (francos luxemburgueses)
1MTL 0,429300 (liras maltesas)
1NLG 2,20371 (florines holandeses)
1ATS 13,7603 (chelines austríacos)
1PTE 200,482 (escudos portugueses)
1SIT 239,640 (tólares eslovenos)
1SKK 30,1260 (coronas eslovacas)
1FIM 5,94573 (marcos finlandeses)

sábado, 5 de diciembre de 2015

banderas de los paises con Euro para album de monedas


Hemos modificado las plantillas y realizado un diseño especial para los álbumes de cartón como el de la foto con las dimensiones estándar del cartón, para facilitar la tarea. Ahora las dimensiones del cuadro será de 5 cm x 5 cm y cada bandera de 3 cm x 2 cm. Todas con un tamaño homogéneo.

Desde EuroColeccionistas.com sabemos que muchos coleccionistas de monedas de euros les gusta colocar la imagen de la bandera del país al que pertecen las monedas de su colección, por eso, queremos facilitaros el "trabajo sucio" y regalaros 2 plantillas con una recopilación de las banderas de los países que actualmente poseen el Euro en circulación con el título del país. Listas para imprimir, recortar y colocar. Iremos actualizando la entrada cuando se vayan ampliando los países. Esperemos que os sea útil, dejen sus comentarios para saber que les parecen.

Yo particularmente, para mi colección de Euros utilizo albunes de hojas para cartones de 3 filas x 3 columnas. Así me viene muy bien para la distribución colocar la bandera en el centro y los ocho valores alrededor cada moneda en su cartón. Para conseguir un mejor resultado a mi me gusta realizar la impresion de las banderas en folios A4 con un gramaje de 180 gm/m2.

Abajo tienen las 2 plantillas que pueden descargarse.

Diseño especial para album de carton 5 cm x 5 cm
Diseño especial para album de carton 5 cm x 5 cm

jueves, 26 de noviembre de 2015

Nueva moneda de 30 Euros de España de 2015 de Don Quijote de la Mancha

Esta semana he podido solicitar en mi entidad bancaria la nueva moneda de de 30 euros de 2015 con motivo del  IV Centenario de la publicación de la «Segunda Parte del Ingenioso Caballero Don Quijote de la Mancha», de Miguel de Cervantes


Aquí tenemos la información extraida de la publicación en el Boe: 

Orden ECC/1442/2015, de 8 de julio, por la que se acuerda la emisión, acuñación y puesta en circulación de monedas de colección de 30 euro que conmemoran el IV Centenario de la publicación de la "Segunda parte del ingenioso caballero Don Quijote de la Mancha".



La Ley 62/2003, de 30 de diciembre, de Medidas fiscales, Administrativas y del Orden Social, en su artículo 102, modificó el artículo 81 de la Ley 42/1994, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social, dando una nueva terminología en relación con las monedas conmemorativas y de colección, de conformidad con la terminología utilizada en las disposiciones y normativa europea.
En la nueva redacción del citado artículo 81 se establece, entre otras cuestiones, que, a partir de enero de 2004, se denominarán monedas de colección en euros, las monedas en euros no destinadas a la circulación, acuñadas normalmente en metales preciosos, con un valor nominal y diseño diferente a las destinadas a la circulación. Estas monedas deberán diferir perceptiblemente de las circuladas en, al menos, dos de las tres características siguientes: color, peso y diámetro.
En la misma disposición se autoriza con carácter general a la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda a acuñar y comercializar monedas de colección de todo tipo. La acuñación y venta de estas monedas serán acordadas por orden del Ministerio de Economía y Competitividad que, de conformidad con las disposiciones europeas, fijará las características propias de las monedas, sus valores faciales y las fechas iniciales de emisión y, en su caso, los precios de venta al público.
El artículo 5 del Reglamento (UE) número 651/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de julio de 2012, relativo a la emisión de monedas en euros, regula la emisión de monedas de colección.
El artículo 3.1.a) y 3.1.m) del Real Decreto 345/2012, de 10 de febrero, (por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Economía y Competitividad y se modifica el Real Decreto 1887/2011, de 30 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales), en la nueva redacción dada por el artículo segundo, apartado tres del Real Decreto 672/2014, de 1 de agosto, (por el que se modifica el Real Decreto 1887/2011, de 30 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales y el Real Decreto 345/2012, de 10 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Economía y Competitividad y se modifica el Real Decreto 1887/2011, de 30 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales), atribuye, a la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, además de las competencias reconocidas en la legislación vigente, y, entre otras, las de acuñación de moneda y la representación en el Subcomité Europeo de Monedas («Eurocoin Subcommittee»).
La Orden ECO/84/2002, de 10 de enero, por la que se acuerda la emisión, acuñación y puesta en circulación de monedas de 12 euro para el año 2002, dio continuidad a la etapa iniciada dentro del marco monetario en el año 1994 con la moneda de 2000 pesetas.
Por razones numismáticas y de interés cultural, este tipo de monedas de colección se han ido sucediendo a lo largo de estos años a través de diferentes emisiones. La última de ellas ha tenido lugar a finales de 2014, en virtud de la Orden ECC/1794/2014, de 29 de septiembre, por la que se acuerda la emisión, acuñación y puesta en circulación de monedas de colección de 30 euro «Proclamación de Su Majestad el Rey Don Felipe VI».
Con motivo del IV Centenario de la publicación de la «Segunda Parte del Ingenioso Caballero Don Quijote de la Mancha», de Miguel de Cervantes, se emite una moneda de colección de 30 euro.
En su virtud, dispongo:
Artículo 1. Acuerdo de emisión.
Se acuerda, para el año 2015, la emisión, acuñación y puesta en circulación de monedas de colección de 30 euro que conmemoran el IV Centenario de la publicación de la «Segunda Parte del Ingenioso Caballero Don Quijote de la Mancha».
Artículo 2. Características de las piezas.
Moneda de 30 euro de valor facial.
Composición: Plata de 925 milésimas, siendo el resto de cobre.
Tolerancia en ley: Mínima de 925 milésimas.
Peso: 18 g con una tolerancia en más o en menos de 0,18 g.
Diámetro: 33 mm.
Forma: Circular con canto liso.
Leyendas y motivos:
En el anverso se reproducen las efigies superpuestas de Sus Majestades los Reyes Don Felipe y Doña Letizia. En la parte superior de la moneda, en sentido circular y en mayúsculas, la leyenda FELIPE VI Y LETIZIA. En la parte inferior de la moneda, en sentido circular y en mayúsculas, separados por una figura formada por una flor de lis, la leyenda ESPAÑA y el año de acuñación 2015. Rodea los motivos y leyendas una gráfila de perlas.
En el reverso, se reproduce una imagen del suceso acaecido a Don Quijote y Sancho Panza a lomos del caballo Clavileño, según grabado de Joaquín Ballester, que se conserva en la Real Academia Española. A la izquierda, en sentido circular ascendente y en mayúsculas, la leyenda EL QUIJOTE II; más abajo, el escudo de la Real Academia Española. A la derecha de la imagen central, en dos líneas y en mayúsculas, el valor de la pieza 30 EURO; debajo, las fechas 1615 y 2015, separadas por un guión; más abajo, un círculo que contiene, en forma de imagen latente cuádruple, un molino de viento con las aspas en cuatro posiciones diferentes; más abajo, la marca de Ceca. Rodea los motivos y leyendas una gráfila de perlas.
Artículo 3. Número máximo de piezas.
El número máximo estimado de piezas que se acuñen será de 1.000.000.
Se autoriza a la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda a destinar a los fondos numismáticos del Museo de esta entidad hasta un máximo de cinco monedas de las acuñadas en virtud de la presente orden ministerial y, en su caso, aquellos elementos industriales de su fabricación que por las características de la emisión, revistan interés numismático o museológico.
Artículo 4. Fecha inicial de emisión.
La fecha inicial de emisión de las monedas tendrá lugar durante el segundo semestre del año 2015.
Artículo 5. Acuñación y puesta en circulación.
Las monedas serán acuñadas por cuenta del Estado en la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda, que las entregará al Banco de España. Una vez realizada esta entrega, las monedas quedarán a disposición del público, para lo cual se contará con la colaboración de las entidades de crédito y de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda. Las entidades de crédito podrán formular sus peticiones ante la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda en la forma y plazo que ella determine para atender la demanda del público. La Fábrica facilitará a las citadas entidades un documento a presentar en el Banco de España para que éste efectúe la entrega de las piezas. Transcurridos tres meses a partir de la fecha de emisión de este documento sin que haya sido presentado en el Banco de España para la entrega de estas monedas, el mismo se considerará anulado y sin efecto; las piezas correspondientes, así como las que retornen al Banco de España procedentes del mercado, quedarán en éste a disposición del público y de las entidades de crédito.
El Banco de España, las entidades de crédito y la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda distribuirán estas monedas y, previa petición de los particulares, procederán al canje de estas piezas por el mismo valor facial con el que fueron emitidas, careciendo de precio de venta al público.
Artículo 6. Medidas para la aplicación de esta Orden.
La Secretaría General del Tesoro y Política Financiera tomará las medidas que resulten precisas para la aplicación de esta orden y fijará, en su caso, el aumento o reducción del número máximo de piezas previsto en el artículo 3 de esta orden, en función de la demanda del mercado y al objeto de evitar divergencias significativas entre el valor facial y el valor numismático de esta moneda.
Disposición final única. Efectos.
La presente orden producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 8 de julio de 2015.–El Ministro de Economía y Competitividad, Luis de Guindos Jurado.

Nuevo diseño de billete de 20 euros ya en circulación

nUEVO BILLETE DE 20€
DISEÑO

Tamaño: 133 x 72 mm
Color: Azul
Estilo arquitectónico: Gótico
El nuevo billete entrará en circulación el día 25 de Noviembre de 2015, El billete de 5 euros de la serie Europa fue emitido en mayo de 2013 y el de 10 euros, en septiembre de 2014. El billete de 50 euros será la próxima denominación que será reemplazada.

ELEMENTOS DE SEGURIDAD

Se han incorporado diversos elementos de seguridad a todos los billetes en euros para protegerlos contra la falsificación. La autenticidad de un billete en euros de cualquiera de las dos series es fácil de verificar utilizando el sencillo método TOQUE, MIRE y GIRE.
El nuevo billete de 20 euros, al igual que las denominaciones de 10 y 5 euros, incluye nuevas marcas de seguridad, como un "número verde esmeralda".
Entre ellas se encuentra la "ventana con retrato", insertada cerca de la parte superior del holograma, que se vuelve transparente cuando se ve a contraluz, dijo Mersch, que es responsable de Billetes en el comité ejecutivo del BCE.
La serie se denomina Europa porque en el holograma y la marca de agua de los billetes figura un retrato de Europa, una figura de la mitología griega.

Hasta ahora se han imprimido 4.300 millones de billetes de 20 euros para reemplazar a los de la primera serie, que seguirán siendo de curso legal. El BCE y los bancos centrales nacionales del Eurosistema han proporcionado a los fabricantes de maquinarias de billetes información y les han facilitado el nuevo billete de 20 euros para que realicen pruebas y adapten sus equipos.
TOCAR, VER, GIRAR
Mersch dijo que con las nuevas marcas de seguridad es más difícil falsificar los billetes y recomendó utilizar el método de tocar, ver y girar para comprobar su autenticidad.
Por lo que respecta al tacto, en el nuevo billete hay una serie de líneas cortas en relieve en los bordes izquierdo y derecho.
La novedad en la marca de agua es que en el nuevo billete también se aprecia un retrato de Europa, mientras que en el de la primera serie hay una imagen difusa que muestra el valor del billete y una ventana.
El símbolo  puede verse en el hilo de seguridad del nuevo billete, mientras que la palabra EURO aparece en los billetes de la primera serie.
Al girar el billete, en el nuevo, el número brillante situado en la esquina inferior izquierda produce un reflejo metálico que se desplaza verticalmente y su color cambia del verde esmeralda al azul oscuro.

COMPARE LOS DOS BILLETES DE 20€

Al igual que los billetes de la primera serie, los de la nueva serie Europa se podrán verificar fácilmente con el método «TOQUE, MIRE, GIRE». No se necesita ningún instrumento. Descubra los elementos de seguridad de los dos billetes de 20€ y aprenda a reconocer los nuevos elementos de seguridad de la serie Europa.